Luis de Miguel Ortega

24 de ago de 20203 min.

Emplazado el Ministerio de Educación a anular todas las instrucciones

La Ministra Celaa ha sido emplazada formalmente en un procedimiento de urgencia para que de forma inmediata dicte resolución expresa para que las instrucciones sobre la vuelta al colegio que se están dando desde diferentes Comunidades Autónomas no se apliquen.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y para el empleo en los términos previstos en este Real Decreto. Quedan incluidas todas las enseñanzas del sistema educativo, exceptuadas las universitarias.

Asimismo, le corresponde a este Departamento el impulso de las acciones de cooperación, de las relaciones internacionales en materia de educación no universitaria y de formación profesional para el empleo.

La Secretaría de Estado de Educación, tiene competencias en:

  • El cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en materia de educación distinta a la universitaria y a la de formación profesional, y de innovación educativa y el fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación.

  • La programación y gestión de la enseñanza en su ámbito, el desarrollo y difusión de las orientaciones educativas derivadas de la normativa vigente en el campo de las enseñanzas de régimen especial, así como la ordenación académica básica de sus enseñanzas correspondientes.

El Ministerio ha omitido u ocultado sus funciones de coordinación y de cohesión o lo que es más grave, ha conspirado al margen de la comunidad educativa para imponer normas sin rango de Ley que afectan tanto a la calidad educativa como a la dignidad del ser humano.

Además, estaría permitiendo una intromisión en la intimidad de los niños y en su capacidad de consentimiento informado bien por sí mismos o bien por sus padres.

Celáa, obsesionada por la idea de que los niños no son de los padres, parece querer imponer su voluntad en una deriva que convierte las escuelas en campos de concentración, donde los niños son obligados a someterse a normas caprichosas y arbitrarias.

Las mecidas escolares acordadas en todas las comunidades autónomas afectan directamente a los Derechos y Libertades de los padres y de los alumnos, careciendo formal y materialmente de competencias.

El estado tiene competencias exclusivas en (art 149 CE):

1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

Y el 155 CE:

Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Resulta evidente que las instrucciones escolares que se están proponiendo en cada una de las comunidades autónomas supone un incumplimiento de las obligaciones constitucionales y por lo tanto importa que el Ministerio de Educación como responsable, imponga su retirada automática por dejar indefensos a los escolares, padres y profesores españoles. Directamente, el Ministerio de Educación es responsable de la ejecutividad de estos planes escolares que no cuentan con la mínima legalidad formal ni material para suprimir derechos fundamentales como el art 14, 15, 18, 20 y especialmente el 27, er relación con el art 9 y 10 de la Constitución, por lo que de forma inmediata interesa una respuesta..

Por todo lo anteriormente expuesto, este letrado en la capacidad y representación que ostenta, hemos SOLICITADO:

Tengan por recibida esta carta con todo su contenido y en su virtud procedan al dictado de una resolución expresa que suponga la inaplicación de las normas que modifican la normal rutina escolar.

Se tenga a esta parte como legítima interesada en el proceso administrativo que ha conducido a la toma de medidas y en su virtud se nos dé copia del expediente con cuantos documentos consten en justificación de las medidas.

Abran expediente administrativo que termine con una resolución expresa de la autoridad competente, solicitando nulidad de los propios actos de la administración en este sentido con intervención del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.

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