La educación va con el sentido común.
En la primera norma que instruye la enseñanza en edades tempranas, se imponía la obligatoriedad de la enseñanza en escuelas públicas, en establecimientos privados y en el propio domicilio. No habría sido entendido por nadie, que los padres no pudiesen elegir el modelo de enseñanza. Nadie habría comprendido, que un gobiernopudiese entrometerse tanto en la intimidad familiar.
Hay que educar a los niños, eso es cierto, y dejarlos sin ninguna instrucción básica es una forma de maltrato.
Ahora bien, lo que ocurre en la actualidad no es ni medio normal.
El homeschooling es más antiguo e igualmente legal que la enseñanza obligatoria y se reconoce en la primera norma estatal de Instrucción Pública.
Nota aclaratoria
La inscripción de los niños en el Registro Civil, no afecta en nada ni al reconocimiento de la Patria Potestad ni a su ejercicio. Los Registros Civiles existen desde que existe la sociedad y suponen una garantía jurídica para todos. Sin Registros Civiles, no se podría hacer testamento, ni cobrar una herencia.
La inscripción en el Registro Civil, no es un contrato sino un acto administrativo. Los actos administrativos no son contratos porque no cumplen con los requisitos de los contratos (voluntad, objeto y causa), no es una situación bilateral y sinalagmática ni están sujetos al control de las partes o a la cancelación como todo contrato.
Solo un ignorante de baba, o un seguidor de las absurdas y modernas teorías de la Ley Natural -que es lo mismo-, podría confundir un acto administrativo con un contrato.
Muy bien explicado. Gracias.
En caso de decidir enseñar en casa, o crear un lugar de educación libre al margen de Estado. Que problemas te puedes encontrar a nivel "legal" y que procesos legales existen para defenderse? En caso de una comunicación amenazante de la administración al respecto, ¿Que pasos, escritos, y leyes podemos usar para defender nuestra posición? Supongo que habréis trabajado o llevado algún proceso de este tipo y en caso de éxito estaría muy bien conocer a grandes rasgos todo el proceso al que una persona se debe enfrentar. Con este conocimiento y sabiendo que vías tenemos para defendernos quizá mucha más gente perdería el miedo a crear más proyectos alternativos y autónomos.
Gracias por todo
La inscripción de los niños en el Registro Civil, no afecta en nada ni al reconocimiento de la Patria Potestad ni a su ejercicio. Los Registros Civiles existen desde que existe la sociedad y suponen una garantía jurídica para todos. Sin Registros Civiles, no se podría hacer testamento, ni cobrar una herencia.
La inscripción en el Registro Civil, no es un contrato sino un acto administrativo. Los actos administrativos no son contratos porque no cumplen con los requisitos de los contratos (voluntad, objeto y causa), no es una situación bilateral y sinalagmática ni están sujetos al control de las partes o a la cancelación como todo contrato.
Solo un ignorante de baba, o un seguidor de las absurdas y modernas…
Mil gracias por todo vuestro tarbajo, indispensable y super eficaz.
En el momento que, cedemos nuestro PODER personal al estado o simil, ya no obtenemos ni educacion, ni salid, ni respèto, ni libertad, ni dognidad. No volvamos a caer en la ignorancia y en la dejadez, ahora ya llego el momento de retomar nuestro propio PODER, y no permitir adoctrinamientos ni intromisiones ni na de na...
No quieren educación, solo desean adoctrinar, sin excepción.
Muchas gracias por tanta información tan interesante.es super valioso el trabajo q hacéis.sin vosotros nos encontramos en un mundo q está perdiendo su esencia.gracias