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Esquema de un recurso de multas

Foto del escritor: Luis de Miguel OrtegaLuis de Miguel Ortega

Para quienes hayan podido ver el taller explicativo de recurso de multas y para quienes no lo hayan visto, este post os aclarará algunos conceptos básicos para preparar vuestro propio recurso.




Lo primero recordar las fase de un procedimiento administrativo sancionados.


1) Denuncia, acta o papeleta: No es un acto ejecutivo ni un acto resolutorio sino un mero acto de tramite y de denuncia obligatoria. No tiene consecuencias. Lo rellena el agente, funcionario o inspector que tenga encargada esa misión. Contendrá:

  1. Datos del denunciado (identificación. Comprueba que tus datos son correctos)

  2. Datos del denunciante (número de placa o de identificación profesional. Si no aparece la denuncia es nula)

  3. Datos del lugar, fecha, hora y lo que ha ocurrido.

  4. Calificación de los hechos, tipo de infracción y sanción que se puede poner

  5. Casilla para firma de los agentes y firma del interesado (SIEMPRE HAY QUE FIRMAR Y QUEDARSE CON COPIA. Así podremos preparar la defensa e incluso evitar que los agentes "añadan" cosas a la denuncia). Si no estamos de acuerdo con los hechos o los datos no pasa nada pero si lo prefieres, puedes firmar con un "no conforme".

  6. Si no te permiten firmar o quedarte con copia di que lo pedirás en la sede de la policía o a través del teléfono (graba).





2) Instrucción

Escrito de inicio de expediente: La administración encargada de tramitar decidirá si inicia expediente o no.

  1. Enviará una carta certificada a tu domicilio (cógela cuanto antes, no la evites)

  2. En la carta aparecerá:

    1. La entidad que es responsable de la tramitación (ayuntamiento, diputación, comunidad autónoma, organismo, etc. muy importante tener claro quién es el responsable de la tramitación)

    2. Un número de expediente (número de expediente, referencia, registro de salida) Sirve para identificarte a ti y al asunto.

    3. Fecha lugar y datos de la denuncia.

    4. Hechos denunciados

    5. Fundamentación jurídica

    6. Designación de un instructor

    7. Ofrecimiento al denunciado para que alegue, presente pruebas o solicite practicar alguna prueba.

    8. Ofrecimiento para que presente alegaciones (si el plazo es en días, suelen ser hábiles salvo que se exprese que son naturales. Por ejemplo un plazo de 15 días son tres semanas completas). (Si el plazo es expresado en meses o en años, el plazo es de fecha a fecha y no importa si en medio hay vacaciones o fiestas. Un mes desde el 5 de febrero, es el 5 de marzo).

  3. Cuando recibas la carta anota en la misma la fecha y hora en la que la has recibido. Así evitarás estar con nervios y prisas y tendrás claro el plazo que tienes.

  4. Hay que presentar alegaciones y solicitar pruebas dentro del plazo que se nos ha dado.

Propuesta de sanción. El instructor una vez que lo tenga todo preparado, determinará si archiva el expediente o si continúa. Si continúa hará una propuesta de sanción que nos enviará por correo certificado.

Podremos presentar alegaciones complementaria por si "se ha equivocado o no se ha acordado de algo".


3) Resolución del expediente sancionador. Cambiamos de fase y de funcionario. La resolución del expediente puede ser también el archivo o la sanción que no podrá superar la propuesta por el instructor.

Constará de:

  1. Encabezado del órgano que resuelve

  2. Número de expediente

  3. Hechos probados

  4. Fundamentos jurídicos

  5. Sanción impuesta

  6. Pie de recursos (nos invita a recurrir si no estamos de acuerdo) (podremos poner recurso s distintos)

    1. Potestativo de reposición (ante la misma persona que resuelve)

    2. Recurso de alzada (ante un superior)

    3. Recurso contencioso administrativo (ante un juez)

4) Recurso contencioso administrativo. Es la última fase. en esta fase se pone todo ante un juez para que resuelva. Si no se han hecho bien las alegaciones o los recursos antes, es probable que el juicio sea una forma estupenda de perder el tiempo.


Te llegará esta carta certificada

Lo importante es:



¿qué debe contener nuestro escrito?


1) ENCABEZADO: Organismo responsable (1) Puedes poner cuantos más datos mejor En este caso:

A LA ATENCIÓN DE LA COMISARÍA DE AGUAS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO.

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA


2) NÚMERO DE EXPEDIENTE. (2) Puedes poner la referencia, el expediente o el registro de salida o todo lo que veas con un 2.


3) TIPO DE ESCRITO: En este caso, como es una comunicación, un acto de trámite, pondremos ALEGACIONES. Si es una resolución, pondremos RECURSO.


4) DATOS PERSONALES. (nuestros datos de identificación y de comunicación.


5) HECHOS OCURRIDOS. (me encontraba en la vía pública sin mascarilla).


6) RAZONES POR LAS QUE ACTUAMOS. (No llevaba mascarilla porque soy alérgico)


7) RAZONAMIENTOS JURÍDICOS. Estas son las alegaciones propiamente dichas. El expediente falla en los principios básicos de los procedimientos sancionadores.

  1. Principio de legalidad

  2. Principio de tipicidad

  3. Principio de proporcionalidad

  4. Principio ne bis in idem

  5. Principio de presunción de inocencia

  6. Principio de indubio pro-reo

  7. Principio pro actione

  8. Principio de mínima intervención

  9. Principio de mínima restricción de derechos

  10. Principio pro cives o de norma más favorable

  11. Principio de irretroactividad de normas sancionadoras

  12. LESIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES

    1. Art 9, 10, 14 (no discriminación), 15 (integridad), 16 (libertades políticas), etc...

Hay que explicar un poco cada uno de estos principios y como afecta al procedimiento sancionador.


8) SOLICITUD DE PRUEBAS Y APORTACIÓN DE DOCUMENTOS


9) PETICIÓN

  1. Que se tenga por presentadas las alegaciones o el recurso

  2. Que se practiquen las pruebas propuestas

  3. Que se reduzca la multa o que se archive el expediente sin consecuencias


No lo olvides:

Ellos quieren multarte y tu no quieres que te multen.

Ellos será pesados y obstinados y tú TAMBIÉN.

Ellos ignorarán tu versión y tú TAMBIÉN.

Ellos no tienen miedo de llegar hasta el final y tú TAMPOCO


SOLO HAY DOS FORMAS DE DESTERRAR UNA NORMA INJUSTA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO:

1- A través de un recurso directo.

2- A través de un recurso indirecto por una multa.


APROVECHA LA OCASIÓN.

ESTAMOS CONTIGO




 
 
 

6 Kommentare


Daen Fu
Daen Fu
18. Mai 2021

Muy buenas. Hoy me pararon por tercera vez por no llevar la mascarilla. Les comenté el Decreto Ley sobre la obligación de la mascarilla a sabiendas que ya te la imponen aunque mantengas las distancias y la respuesta fue la misma que la primera vez, me dicen que ha cambiado, que no es así. Obedezco y me la pongo por debajo de la nariz y me exigen que me tape la nariz y no me permiten respirar porque lo dice la Ley. El error en el que no caí fue grabar la conversación y fotografiar su identificación.

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Merave Zubelzu
Merave Zubelzu
14. Mai 2021

Estimados amigos. Yo recibi un expediente sancionador por una falta en el confinamiento. Recurrí y hace ya dos meses envié el pliego de descargo. Mi pregunta es: no ha límite de tiempo para q te contesten? No existe en estos casos la figura de "Silencio administrativo?

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josevi7
11. Mai 2021

Muchas gracias por la información, yo tengo una propuesta de sanción por no llevar la mascarilla del 20-11-2020, aún no he recibido la apertura de expediente sancionador, pero con esta información ya estamos más preparados. Un saludo cordial

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placentina9
placentina9
10. Mai 2021

Gracias

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javixagi
09. Mai 2021

Muchísimas gracias aunque me quedan dudas porque hay cosas de las que hablas que es como si fuera chino para mi. Pero muchas gracias igualmente.


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