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Foto del escritorLuis de Miguel Ortega

Fiscal respecto de vacunas en discapaces

(Cuando las barbas de tu vecino veas pelar... pon a los niños a resguardar)

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No se ha producido vulneración de derechos de la persona con capacidad modificada, por cuanto esta no puede prestar su consentimiento ni manifestar su voluntad al presentar discapacidad intelectual, pero de la propia declaración de la tutora en el acto de la vista se puso de manifiesto que la situación de discriminación entre residentes vacunados y no vacunados estaba generando a Don........... sentimientos de frustración al no poder acudir a los talleres de trabajo en (la residencia).

Por lo tanto indirectamente la tutora reconoce que la no vacunación esta perjudicando a su hermano y además no ofrece otra alternativa residencial, es decir quiere seguir utilizando el recurso residencial ajeno pero sin acatar las normas de convivencia del centro, ya que como se expuso en el juicio podrían darse situaciones de discriminación entre residentes vacunados y no vacunados.

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En cuanto a la protección del interés mas necesitado. Sostiene la recurrente que la vacuna no ha sido testada suficientemente ni en cuanto a sus efectos respecto del virus ni respecto a los efectos secundarios que puede provocar. En este sentido como señala el Auto recurrido los organismos internacionales en esta materia no solo la han aconsejado, sino que además en la relación riesgo/ daños asumen como medida que aporta mayores soluciones que problemas al respecto. La experiencia de la vacunación hasta la fecha permite valorar su uso como solución medica adecuada cuando como ocurre en el presente caso no hay contraindicación en el paciente que haga pensar que los efectos de la misma pudieran provocarle daños físicos o de salud mas graves.


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Ningún interés puede aportar el interrogatorio de la gerente del centro cuando ya consta que ha solicitado la vacunación por considerarlo lo mas conveniente no solo para el residente sino para el propio centro. Por ello no apoyamos que sea necesario hacer comparecer al gerente cuando ha ya remitido la documentación necesaria. Igualmente se solicita interrogatorio del medico del centro y del forense al respecto. Ninguna objeción tenemos a que pueda ser convocado el perito judicial en la segunda instancia si la Sala la considera prueba pertinente y útil El interrogatorio de la recurrente entendemos que no procede pues se trata de una prueba ya practicada y documentada suficientemente como para que la Sala la pueda valorar En definitiva el Fiscal entiende que la resolución combatida no solo respeta los derechos de la persona con capacidad modificada judicialmente, sino que los ampara adecuadamente ante un ejercicio cuando menos de riesgo de la tutela por parte de la tutora, que encuentra su amparo científico y legal suficiente tal y como desarrolla el Auto y que coincide con la línea de aplicación de otros Juzgados o Tribunales citándose al efecto el Auto 25/1/2021 del Juzgado de Alicante 10 en la causa 1019/17, Auto 47/21 del Juzgado de Sevilla 17 de familia en la causa 1568.01/2015

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4 Comments


Dragón --
Dragón --
Jun 24, 2021

[off topic - Fuera de tema]


Borrese o muévase si se cree adecuado.


Llamar la atención de lo que seria una web hermana, una de las mayores referencias dentro de la resistencia disidente para muchos anglofonos y anglofilos:


https://www.ukcolumn.org/


Tienen su propio telediario tres veces por semana, aunque ahora se toman un descanso y no vuelven hasta el miércoles.

https://www.bitchute.com/channel/8A8gTUgMoXYR/


También me parece una buena referencia en lo que para mi es uno de los mejores y mas longevos foros de debate en internet:


https://projectavalon.net/forum4/


Creado y dirigido por Bill Ryan quien en mi opinión tiene una filosofía muy parecida a Luis a la hora de afrontar los debates. Es verdad que a veces toma decisiones que se podrían califica…


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mema
Jun 22, 2021

Creí que a nivel jurídico hay que fundamentarlo todo con referencias claras. No entiendo entonces: "los organismos internacionales en esta materia no solo la han aconsejado, sino que además en la relación riesgo/ daños asumen como medida que aporta mayores soluciones que problemas al respecto. La experiencia de la vacunación hasta la fecha permite valorar su uso como solución medica adecuada".

¿Los organismos internacionales no tienen nombre? ¿Cúal es "la experiencia de la vacunación"? ¿Dónde se refleja y quien la define?

Perfectamente podríamos estar en una situación similar. Tenemos una persona gran dependiente en casa y tememos que nos impongan vacunarla.

Me entristece profundamente que un fiscal justifique la discriminación de cualquier persona, más aun de un discapacitado...

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mema
Jul 03, 2021
Replying to

Querida Carmen, creo que todo esto evidencia el grado de consolidación de la criminalidad económica, que todo lo justifica, en todos los sectores de nuestra sociedad.

En el modelo de sociedad que se ha construido, con o sin nuestro consentimiento y conocimiento consciente, el factor económico domina las decisiones diarias de la mayoría de las personas.

Esto puede violentarnos, pero es necesario que saquemos de nuestra realidad sentimientos que nos ayuden a luchar contra la barbarie que nos ha tocado vivir.

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