Vista la actitud de algunos Fiscales, conviene hacer repaso de conceptos básicos.
A LA FISCALÍA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN DE MENORES
AREA DE PROTECCIÓN
Don Luis de Miguel Ortega Abogado en ejercicio nº 4587 del ICA de Alcalá de Henares, en nombre y representación de Don .........................................................., en tiempo y forma comparece y como mejor proceda en Derecho DICE:
1) Que ha recibido comunicación de la madre de mi mandante diciendo que esa Fiscalía se niega a mostrar el expediente a los progenitores que ostentan la patria potestad del menor.
2) Que alega para ello una serie de normativas que vienen al caso en ánimo de confundir o quien sabe si asustar a la madre.
3) Que la Constitución Española en su artículo 39 establece una especial protección de la familia que esa Fiscalía se empeña en ignorar.
4) Que la Declaración de los Derechos del Niño establece en su Principio VI :
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Este principio también parece querer ser ignorado por esa Fiscalía dejando a los padres como meros compañeros de piso o peor aun.
5) La patria potestad es el conjunto de derechos, atribuciones y deberes que tienen los padres sobre los hijos no emancipados. La patria potestad corresponde a los padres con independencia de que estén casados entre sí o no, ya que se fundamenta en las relaciones paterno-filiales.
6) Por otra parte, son principios inspiradores de la jurisdicción penal los de última ratio y mínima intervención. No parece razonable y aparenta una beligerancia indebida, someter a los padres a esta vigilancia cuando: a) No existe una actividad administrativa previa con garantías, ni transparencia, ni resolución expresa que concrete una situación de riesgo. b) No existe constancia e que el menor esté sufriendo ningún daño o maltrato. Eran principios de la justicia penal inquisitorial el fin del proceso por todos los medios, obviando la debida contradicción y las debidas garantías, como en el presente caso.
7) No existe ninguna norma de Servicios Sociales que aparte a los padres del derecho a conocer las actuaciones que le afectan y no hay razón para pensar que la Fiscalía pueda decretar una suerte de “secreto de las actuaciones” en contra de los intereses del menor y de los padres. El interés superior del menor suponen un canon sustantivo y de procedimiento y debe informar toda la actuación que le afecte, es decir, debe ser capaz de intervenir en el proceso bien asistido por sus padres, por un defensor judicial o por un abogado. Parece que esa Fiscalía pretende pasar por encima de los derechos del menor y de los padres.
Por lo expuesto SOLICITO que a la mayor brevedad se haga entrega a este letrado de toda la información que obre en el expediente de esa Fiscalía que afecte a mi mandante y a quienes ostentan la patria potestad, para que puedan tener una adecuada participación en el proceso.
La Fiscalía española se aproxima inexorablemente a un burdel. Encargada de defender la ley y el derecho, resulta que la prostituye para favorecer políticas que van contra los derechos de los españoles. Que ibamos a esperar con la Lola al mando.
Qué ascazo de gentuza y sicarios del mal. De verdad que produce hastío.
Bueno, ya sabemos con quienes nos estamos jugando las habichuelas, Asi que es extremadamente importante actuar adecuadamente. Gracias Luis deMiguel.
¡Es terrorífico lo que ocurre con las personas que detentan un poder judicial abusivo!
Gracias
Es algo parecido a las personas que encierran en psiquiátricos sin derecho a defenderse.
Gracias, gracias, gracias en nombres todas las personas que ignoramos cómo defendernos.