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¿Por qué muere tanta gente de COVID?


Por si a alguien le queda duda sobre el motivo de los fallecimientos en hospital, está claro por los casos estudiados que hay razones para creer que en un país donde fallecen 20.000 personas por errores médicos evitables, de los cuales ni mil llegan a los juzgados, la sistemática de secuestro y abuso médico se ha multiplicado.


El paciente es tratado con "medicina basada en la obediencia" donde el protocolo político manda y donde el tratamiento diseñado se impone en contra de los derechos y garantías de los pacientes


1) ANTECEDENTES DE HECHO

Se trata de familiares de una fallecida tras una intervención médica en un hospital público.

La mujer fallecida tenía 81 años y una extensa pluripatología pero con escasa medicación. Era en definitiva una anciana de riesgo con alteraciones de los niveles de glucosa, ácido úrico, hipertensión, obesidad y antecedentes de asma.

Ingresa en el Hospital xxxxxxxxxxxxxxxx con fiebre, astenia, mialgias taquipnea, desaturación de O2 (75%), tos seca y disnea.

Serología sars-2Ac: Negativo.

Ag COVID: Positivo.

Hemocultivos: Negativo.

Diagnóstico:

Éxitus; Neumonía bilateral por Covid, Insuficiencia respiratoria aguda, insuficiencia cardiaca congestiva; patología previa HTA, glucemias alteradas, Obesidad.


Tratamiento:

  1. Diuréticos y metilprednisolona.

  2. Se pauta cloruro mórfico “para que descanse” y en caso de disnea.

  3. “Vía salinizada”.

  4. Siguiendo las Recomendaciones que elaboró el comité de Ética Asistencial en relación a la información a los pacientes y familiares afectado por COVID19 y estar ingresado en Hxxxxxxxxxxxxxxxx, las visitas quedan restringidas para minimizar el riesgo de contagio.

Incidentes:

  1. La Dra. ........... emite pase de visita donde explica el incidente con la familia.

  2. Acusa a la familia de mal comportamiento, de retirarse medidas de protección y de perjudicar a la paciente.

  3. Acusa a la familia de negar la existencia del virus y de solicitar un cambio de tratamiento.

  4. Solicitan el traslado de la paciente.

  5. Contacta con la Directora médica y consensúan actuación.

  6. Contactan DIRECTAMENTE con la juez de guardia.

  7. Se contacta con seguridad del hospital.

  8. No se le da de beber porque no es capaz de tragar.

  9. No hay sueroterapia a lo largo del ingreso.

2) OBSERVACIONES:

Se trata de una mujer de 81 años con pluripatología, anciana de riesgo, con un proceso respiratorio, con prueba positiva de antígenos covid y sin vacunar a la que se ingresa en el hospital el xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y que fallece el xxxxxxxxxxxxxxxx (5 días).

Durante el ingreso:

  1. A pesar de la sospecha de tener una infección respiratoria de tipo vírico, se le administran corticoides. Los corticoides deprimen el sistema inmunitario y favorecen la proliferación vírica.

  2. No se le administra ningún tipo de antiviral.

  3. A pesar de la posibilidad de que sea una infección respiratoria, no se le administra una antibioterapia.

  4. No consta que se le administre alimento alguno.

  5. No consta hidratación oral ni parenteral.

  6. Se administra sedación sin información ni consentimiento a la familia.

  7. En ningún momento hay un sistema de conciliación familiar que permita que se ejerzan los derechos de la paciente en base a:

  8. Existe la obligación de notificar la incapacidad de una persona, ante el juzgado o la Fiscalía para que tomen las medidas de protección.

  9. La paciente está incapacitada para tomar decisiones.

  10. La familia es extensa y con opiniones contrapuestas.

  11. Los médicos no pueden sustituir en ningún caso la voluntad del paciente.

  12. La paciente está sometida a un riesgo terapéutico.

  13. No se insta un procedimiento de mediación familiar ni uno cautelar de incapacitación y designación de defensor judicial.

  14. Los médicos se arrogan la capacidad de ir tomando decisiones de forma autónoma.

  15. No se resuelve sobre la solicitud de cambio de tratamiento.

  16. No se resuelve sobre la solicitud de alta a otra unidad o domicilio.

  17. Existen evidencias de secuestro médico, mala praxis con resultado de muerte.

3) DERECHOS DE LOS PACIENTES y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

PACIENTES

  1. Derecho a la información asistencial

  2. Derecho a la documentación sanitaria

  3. Derecho a la intimidad y confidencialidad

  4. Derecho al consentimiento informado

  5. Derecho a ser representado

  6. Derecho a las voluntades anticipadas

  7. Derecho a una segunda opinión médica

  8. Derecho a la libre elección de médico

  9. derecho a las prestaciones sanitarias

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  1. Respeto a las propias decisiones

  2. Derecho a los ajustes razonables que sean necesarios

  3. Derecho a la igualdad

  4. Derecho a las prestaciones sociales

  5. derecho a la mejor atención médica disponible

Ha habido una merma importante si no anulación de los derechos de los pacientes y de las personas con discapacidad.

Se trata de una actuación habitual de los sistemas de salud, donde el paciente es secuestrado y se anula su autonomía.

Esta pérdida de autonomía supone un riesgo en sí mismo y deja al paciente sin derechos efectivos a la información, al consentimiento y a la representación.

No hay que olvidar que el Sistema Nacional de Salud, es un sistema que depende del control de las Administraciones Públicas que deben velar por la integridad e integralidad de los derechos de los pacientes. No se trata de declarar derechos sin más, sino de hacer que dichos derechos sean efectivos, mediante mecanismos y ajustes necesarios.

En este tipo de casos, en la admisión de los pacientes debe quedar claro quién es el familiar de referencia o el representante del paciente y de la familia.

  • a) Cuando el paciente puede decidir por sí mismo, puede designar durante el ingreso qué persona de referencia será su representación en caso de necesitarla. Nada de esto se hace en el sistema sanitario.

  • b) Cuando el paciente no puede decidir, el guardador de hecho puede ser designado como representante o designar a un representante del paciente. Nada de esto se hace en el sistema sanitario.

  • c) Cuando el paciente no ha designado y el guardador no puede o no debe nombrar, existe la posibilidad de

  • (1) conciliación con los familiares para la designación (antiguo consejo de familia regulado en el Código Civil de 1889);

  • (2) existe procedimiento de jurisdicción voluntaria con cautelares para la designación de un defensor judicial en caso de que el paciente ya no pueda tomar sus propias decisiones.

Es evidente que en el estado de hipoxia y de sedación en el que estaba la paciente, no se puede considerar capaz para tomar decisiones y que el Hospital debía haber designado a un familiar para ejercer los derechos por representación.

Nada de lo anterior se ha hecho y los profesionales se han limitado a dar información muy sesgada sobre el estado de la paciente y las posibilidades de tratamiento.

Así y todo, ni la paciente ni los familiares han podido ejercer de manera integral los derechos del paciente que termina falleciendo por:

  1. Pérdida absoluta de oportunidad terapéutica (ni se ofrecieron ni se permitieron alternativas terapéuticas ni una segunda opinión)

  2. Mal diseño terapéutico (bajo “protocolos” desconocidos e incongruentes).

  3. Deshidratación (falta de ingresos hídricos + diuréticos; hiponatremia) / desnutrición)

  4. Sedación

  5. Problemas con las tubuladuras del sistema de ventilación que es confundido y tratado como vómito con metroclopramida y ondesatron

  6. Posible caída de la cama

  7. Éxitus

4) VIABILIDAD TÉCNICA

En cuanto a la viabilidad técnica del asunto es evidente que hay motivos para un procedimiento contencioso administrativo de reclamación patrimonial en distintas fases:

  1. Petición de copia literal de historia clínica de todo el proceso hasta su fallecimiento.

  2. Petición de protocolo de diagnóstico y validación de pruebas de coronavirus

  3. Petición del protocolo de tratamiento en caso de coronavirus, especialmente en el uso de corticoides.

  4. Petición del protocolo de admisión de pacientes con coronavirus.

  5. Petición del protocolo de ética asistencial del hospital.

  6. Presentación de pericial médica

  7. Presentación de reclamación administrativa

  8. Presentación de demanda Contencioso Administrativa



Si alguien se sigue preguntando por qué sigue habiendo muertes por CIVID en España, probablemente con este post haya entendido algo: es por una medicina BASADA EN LA OBEDIENCIA y en protocolos inhumanos y sin sentido donde el paciente es poseído y secuestrado por el sistema.

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