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Derechos que dice respetar y garantizar DGAIA


Hemos recibido respuesta de DGAIA a un requerimiento de transparencia y en una parte de nuestra petición, solicitábamos en qué manera se garantizan los derechos de los menores.


Hete aquí la respuesta (lista de mentiras):




PRIMERA MENTIRA:

- Los menores de edad pueden acceder al expediente administrativo, como personas interesadas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente. En este sentido, pueden hacer su solicitud en el centro para que se la hagan llegar a DGAIA. No conozco ningún menor que haya accedido a su expediente, ni directamente ni a través de un representante.


Normalmente se niega el expediente o se introduce en una burocracia o en una escalada de amenazas al menor o a la familia. No se reconoce el derecho de los menores a designar representante o persona de apoyo que acceda al expediente y defienda los intereses del menor.


SEGUNDA MENTIRA:

- Las personas mayores de 12 años y menores de esa edad con suficiente madurez participan en la elaboración de su proyecto educativo indiividual (PEI) y son conocedores de los objetivos de trabajo que plantea el equipo educativo y técnico para su desarrollo. De acuerdo con las previsiones de la normativa vigente y a estos efectos las personas menores de edad son consideradas agentes activos.


No conozco ningún caso de un menor que conozca o participe en la redacción del PEI. El menor es un mostrenco al que nadie pregunta ni consulta. Esa es la realidad.


TERCERA MENTIRA:

- La entrada en un centro comporta en su momento inicial la aplicación de un plan de acogida así como la asignación de un tutor (y normalmente tambíen de un cotutor) de referencia y , posteriormente, la elaboración durante un período de tiempo de un protocolo de observación de las personas que han entrado. Se mantienen espacios tutoriales donde se establecen objetivos que acabarán constando en el PEI y que conciernen tanto aspectos salud, escolar, ocio, formación y relación con la familia.


No se aplica ningún plan de acogida a los menores que se encuentran internados en contra de su voluntad, ya sea como corrección o como protección. Ninguno conoce el nombre de su tutor o persona de referencia.


CUARTA Y MAS GORDA MENTIRA:

- Cuando ingresan en un centro se les explica la Carta de sus derechos y deberes e igualmente se expone en el tablero de anuncios del centro en lenguaje adaptado a su edad mediante infografias y pictogramas. Asimismo, y en lenguaje adaptado a su edad se les explica el reglamento de régimen interno del Centro y las consecuencias del imcumplimiento de sus previsiomes. Las personas mayores de 12 años deben firmarlo.


NUNCA se explican sus derechos y sus deberes. Si se explicasen los derechos y los deberes a los menores, la mayoría no permanecerían internados. Nunca se les explica el derecho a tener un representante, un defensor judicial o un abogado.


QUINTA MENTIRA:

- En cada centro hay un buzón de sugerencias y reclamaciones a su disposición a los que se debe dar respuesta. Asimismo los centros deben disponer en el tablón de anuncios de información para que puedan hacer reclamaciones externas (a DGAIA, al Síndic de Greuges,.. por ejemplo).


No hay un buzón de quejas formales ni lo puede haber. Existe un prevalimiento dentro de los centros que condiciona una situación de indefensión real y de miedo, precisamente porque los menore son aislados de todo recurso práctico para conocer y ejercer sus derechos. No tiene sentido un buzón de sugerencias o quejas dentro de una institución donde no existen garantías formales ni materiales.


SEXTA MENTIRA:

- Está en marcha un plan piloto en algunos centros en los que a través de una aplicación pueden hacer llegar de forma ágil y directa sus quejas, conformidades o agradecimientos. Una vez evaluado su resultado se hará extensivo al resto de centros. Asimismo en el caso en que representantes de DGAIA o los EAIA de referencia se desplacen al centro también se mantienen reuniones con los niños y adolescentes en que de forma verbal o a través de un formulario escrito pueden expresar sus opiniones y quejas a los que se debe dar respuesta.


"Está en marcha un proyecto piloto"... lo dice todo. En lugar de proyectos piloto ¿por qué no garantizamos medidas de apoyo reales, independientes y efectivas?


SÉPTIMA MENTIRA y GORDA:

- En todo caso pueden manifestar su disconformidad con cualquier aspecto referente al trato recibido. la representación de los niños, niñas y adolescentes tutelados por la Generalitat la ostenta la DGAIA, como tutora legal, de acuerdo con la normativa vigente. En caso de que exista un conflicto de intereses entre la DGAIA y los menores de edad tutelados, la propia DGAIA insta el nombramiento de un defensor judicial.


En la mayoría de los casos existe un conflicto de interés. Los menores quieren ir a sus casas y DGAIA no les deja ir. Eso siempre es un conflicto de interés y NUNCA se nombra a un representante o a un defensor judicial o a un abogado. Siempre se les somete por el miedo o la fuerza.


OCTAVA MENTIRA:

- No es necesario el acceso a los servicios de Asistencia Jurídica gratuita por parte de los menores de edad tutelados, en tanto la defensa de sus intereses en vía judicial viene siempre asegurada a través de la intervención de los letrados del Gabinete Jurídico de la Generalitat.


Es irrelevante que no sea necesario. Es un derecho de los menores elegir a su propio abogado o tener a un abogado de confianza y no conformarse con la defensa de quien lo priva de libertad (DGAIA). Siempre es necesario separar la función de la entidad social de la defensa de los derechos e intereses del menor.


A mayor abundamiento puede encontrar diversa normativa e información en los

enlaces siguientes y en el documento en formato PDF que se adjunta (Anexo C)

  • - https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=553898

  • - https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=924783

  • - https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=889432

  • - https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=948355

  • - https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-9347

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