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Modelo de denuncia por denegación de tratamiento compasivo (I).

Actualizado: 10 ene 2022


Son muchos los casos de consultas que recibimos en este sentido. Y ante la complejidad de la situación y dado que la falta de preparación puede frustrar las esperanzas de muchas personas, vamos a hacer una guía breve sobre este asunto.


MUY IMPORTANTE: Recordad que el derecho a la vida, el derecho a la salud, el derecho a la información, al consentimiento y el derecho a tener visitas y asistencia, SON DERECHO DE LOS PACIENTES Y NO DE LOS FAMILIARES. El protagonista es siempre el paciente y debemos tener siempre esto claro a la hora de ayudarlo, de defenderlo y de representarlo.


1) Más vale prevenir que lamentar. Antes de ingresar en un hospital hay que tener registradas instrucciones previas o voluntades anticipadas. Cuando no hay urgencia, esto se puede solicitar en el servicio de atención al paciente del hospital. Lo mejor es ir a un notario, hacerlo antes del ingreso, pero siempre se puede solicitar formalizar instrucciones en atención al paciente en el mismo ingreso. Una vez ingresado también se puede hacer testamento con voluntades anticipadas y se puede hacer bajo la fórmula de "testamento de epidemia". Si no se han dado instrucciones ni se ha instituido representante, la cosa se complica.


2) Hay que designar a un representante de la familia. El paciente no puede estar sometido a discusiones familiares sobre lo que conviene o no, sobre lo que quiere uno o quiere otro. Sea como sea, debe haber un representante que tome las decisiones y el resto de la familia debe apoyar sin fisuras (o la mayoría). Las discusiones familiares son las que más frecuentemente llevan a los pacientes a la tumba.


3) Localicen con urgencia a un médico de confianza que se pueda hacer cargo del tratamiento . Por mucho que pidan al hospital o a un Juez un tratamiento compasivo o una terapia alternativa, nunca lo conseguirán si no tienen a un médico que se haga responsable de dicho tratamiento y seguimiento. No basta con querer un tratamiento: necesitan a un médico que se haga responsable. Pida a ese médico de confianza que emita un informe pidiendo tener acceso al paciente para evaluar y diseñar una alternativa terapéutica, indicando las ventajas y garantías de lo que se propone.


4) Pidan al Hospital un informe de evolución del paciente o incluso pidan copia literal de la historia médica. Pidan todo ello para evaluar una segunda opinión clínica con un especialista externo de confianza. Es su derecho y no se lo pueden negar. Cuando pidan ese informe indiquen la terapia que quieren y soliciten que sean los mismos médicos del hospital la que la empleen. Solicite contestación por escrito dentro del turno del médico responsable para que responsa de inmediato. Todo por escrito y con copia. También vale grabar conversaciones.


5) Presente reclamación si no dan acceso al médico de libre designación o si les deniegan las prestaciones solicitadas. Todo por escrito y con copia. Pidan contestación inmediata por estar comprometida la vida del paciente. En horario de oficina siempre habrá un Gerente o un Director Médico responsable. Fuera del horario de oficina tendremos al responsable de Admisión o al Jefe de la Guardia. Nunca hay excusa para no resolver este asunto y nunca les pueden decir que el Gerente no vuelve hasta el lunes o que el Director Médico ya se ha ido. SIEMPRE HAY UN RESPONSABLE que puede resolver. Quédese con copia de la reclamación y de la contestación porque la necesitará para las acciones judiciales.


6) Localice a un abogado para redactar el escrito de inicio de procedimiento. Habrá distintas opciones:

a) Jurisdicción Contencioso Administrativa. De lunes a viernes con solicitud de medidas cautelares. Fuera de estos días, en fin de semana puede ser terrorífico iniciar un procedimiento. En base a una demanda de protección de derechos fundamentales descrito en el art 114 y siguientes de la Ley 29/98 de Jurisdicción Contencioso Administrativa.

b) Jurisdicción penal. Cualquier día del año y a cualquier hora. Normalmente es la respuesta más rápida pero no la más conveniente puesto que si no se argumenta bien puede ser un jarro de agua fría para la familia.

Si el problema surge en fin de semana es bueno poner una denuncia con medidas cautelares y el lunes a primera hora iniciar el contencioso administrativo. Las dos acciones no son incompatibles ni son exclusivas ni son excluyentes.


7) Aporte a los procedimientos los documentos de prueba.

a) Prueba de ser familia del ingresado.

b) Prueba de su estado grave (informe médico)

c) Prueba de haber solicitado información y tratamiento

d) Prueba de que se les ha denegado la información o el tratamiento

e) Prueba de haber presentado reclamación y que no ha sido atendida o admitida.

f) Prueba de que un médico avala un tratamiento compasivo y está dispuesto a aplicarlo (lo más importante)

Cuantas más pruebas, mejor.


8) La demanda o la denuncia, la tienen que presentar los propios familiares acompañados por el abogado. Siempre es muestra de interés que la familia se implique personalmente. Dejen el número de teléfono del representante familiar par que el Juzgado se ponga en contacto con él en caso de urgencia (juzgado de guardia). Soliciten incluso hablar con el Fiscal que esté de Guardia y entreguen copia del procedimiento.


9) Tengan paciencia. La justicia y la sanidad son "Servicios Públicos".


10) Considere la posibilidad de seguir este modelo en caso de que sea necesaria una denuncia en fin de semana.


LA DENUNCIA PENAL NO ES LA FORMA MÁS ADECUADA DE HACER ESTO, PERO SI OS PILLA EN FIN DE SEMANA QUIZÁS SEA LA ÚNICA ALTERNATIVA RAZONABLE.

Otro día publicamos demanda contencioso administrativa en la misma situación.

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Al Juzgado de Instrucción de ...............................

que por turno corresponda

DENUNCIA

SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES


Don Luis de Miguel Ortega, abogado en ejercicio nº 4587 del ICA de Alcalá de Henares, en nombre y representación de Don ............................ ingresado en el Hospital....................... , su mujer .................................................. y las hijas de ambos ................................................., comparecen y como mejor proceda en Derecho


DIGO


Que por medio del presente escrito y conforme se dispone en los artículos 259 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal vengo a formular DENUNCIA contra la persona jurídica Hospital (Hospital Universitario de .............................) y en su caso frente a su responsable gerente y su responsable médico por un DELITO que podría ser tipificado entre los siguientes, tal y como se detalla a continuación.

  1. Delito de homicidio imprudente (tentativa) (138 CP)

  2. Delito de lesiones (tentativa) (147 CP)

  3. Delito contra la integridad moral (173 CP)

  4. Omisión del deber de socorro (195 CP)

  5. Denegación de prestaciones (512 CP)

La presente DENUNCIA se basa en los siguientes:


HECHOS

  1. Que Don .......................... se encuentra ingresado desde hace días en el Hospital..................................................... desde hace días y su estado es de gravedad con compromiso directo a su propia vida.

  2. Que de los cuidados recibidos por el personal de dicho centro hospitalario, no se deduce mejoría ni una garantía de supervivencia, siguiendo protocolos estandarizados que no están teniendo resultados.

  3. Que la familia no tiene acceso libre al paciente ni a su historia clínica y por lo tanto al paciente y a sus familiares se les deniegan sus derechos de información clínica y consentimiento.

  4. Que la familia interesa una segunda opinión y una alternativa pero esto es extremadamente difícil si se les deniegan sus derechos a la información clínica.

  5. Que la familia conoce a un médico con el que ha contactado y que se dispone a practicar un tratamiento compasivo para el paciente a la vista de la experiencia clínica que ha sido satisfactoria en otros casos. Se trata del Dr. .................................... que ya tiene experiencia en la aplicación de ozonoterapia en otros casos similares que han resultado exitosos.

  6. Que solicitada la necesaria información clínica al hospital, una segunda opinión, un tratamiento compasivo, todo ha sido denegado expresamente, colocando al paciente en grave estado y en absoluta indefensión, sometiéndole a la privación de sus más íntimos derechos fundamentales a la vida y a la dignidad y privándolo de sus derechos básicos como paciente establecidos en la Ley 41/2002 de autonomía del paciente.

  7. Se adjunta respuesta formal del Hospital denegando lo solicitado.

  8. Ante esta situación de privación de derechos en los que se deniega una alternativa que puede salvar su vida, se entiende que se pudiesen estar cometiendo los delitos arriba indicados:

    1. Delito de homicidio imprudente (tentativa) (138 CP) por cuanto cabría una esperanza con el tratamiento compasivo elegido en una situación donde el tratamiento que se le está aplicando en la actualidad no ofrece ninguan esperanza.

    2. Delito de lesiones (tentativa) (147 CP) Por cuanto la demora en el tratamiento compasivo solicitado podría causar sufrimientos, lesiones, secuelas que podrían ser evitadas.

    3. Delito contra la integridad moral (173 CP) Por cuanto se priva al paciente y a sus familiares de un trato justo. La ética médica se basa en cuatro principios básicos: Beneficencia, no maledicencia, justicia y consentimiento. Es precisamente el tercero, la justicia la que se está conculcando con grave quebranto moral para el paciente que no recibe las prestaciones que quiere, necesita y tiene derecho, por lo que se somete a un tratamiento injusto y por otra parte, no consentido.

    4. Omisión del deber de socorro (195 CP) Por cuanto pudiendo facilitar un tratamiento compasivo que puede salvar su vida, sin riesgo para los profesionales del Hospital.................., se le deniega esa esperanza.

    5. Denegación de prestaciones (512 CP), por cuanto el paciente y familiares tienen derecho a una asistencia sanitaria de calidad, basada en principios de derecho a la información clínica completa y al consentimiento sin vicios que garantice su integridad física y su vida. La denegación de la información clínica necesaria para una segunda opinión y la negativa a un tratamiento alternativo disponible supondrían una denegación de las prestaciones sanitarias a las que tiene derecho.

A los expresados hechos le son de aplicación los siguientes,


FUNDAMENTOS DE DERECHO


Primero.- Que los citados hechos podrían ser constitutivos de los delitos tipificados en el Código Penal antedichos:

  1. Delito de homicidio imprudente (tentativa) (138 CP)

  2. Delito de lesiones (tentativa) (147 CP)

  3. Delito contra la integridad moral (173 CP)

  4. Omisión del deber de socorro (195 CP)

  5. Denegación de prestaciones (512 CP)

Segundo.- Que se propone, a los oportunos efectos acreditativos de los hechos anteriormente narrados, la práctica de las siguientes diligencias probatorias:

  1. Se tengan por acompañados los documentos UNO a TRES consistentes en

    1. Respuesta del Hospital.........................................

    2. Carta de la Hijas

    3. Escrito del Dr. ................................ Aconsejando un tratamiento y haciéndose responsable del mismo


Tercero.- Se solicitan las siguientes medidas cautelares de aseguramiento y protección de Derechos Fundamentales:

  1. Se oficie al Hospital ............................. solicitud de entrega de copia literal de la Historia Clínica y se facilite el acceso al paciente del Dr. ................................ para exploración segunda opinión y propuesta de tratamiento.

  2. Se acuerden las medidas cautelares solicitadas para garantía de la vida y seguridad del paciente de acceso al facultativo de su libre designación y los medios necesarios para que pueda poner su tratamiento.

  3. Se aprecie la necesidad urgente de dichas medidas en relación al Fumus Bonis Iuris, puesto que aparenta la necesidad de las mismas para salvaguardar la vida; Perículum in Mora, puesto que de retrasarse las medidas podría perderse el objeto de esta denuncia y podría crearse un perjuicio irreparable; No necesidad de caución, puesto que no se perjudica a terceros con las medidas solicitadas.


Por lo expuesto,

AL JUZGADO SOLICITO que teniendo por presentado este escrito, con sus copias se sirva admitir la presente DENUNCIA contra contra la persona jurídica Hospital (Hospital Universitario de ................................................) y en su caso frente a su responsable gerente y su responsable médico acordando la incoación de diligencias previas y la averiguación de los hechos que en el presente escrito se relatan al objeto de esclarecer las eventuales responsabilidades penales dimanantes de los mismos.

Igualmente se solicita la adopción de medidas cautelares puesto que se cumple con los requisitos para las mismas. Se consideran como primeras diligencias la de consignar las pruebas del delito que puedan desaparecer, la de recoger y poner en custodia cuanto conduzca a su comprobación y a la identificación del delincuente, la de detener, en su caso, a los presuntos responsables del delito, y la de proteger a los ofendidos o perjudicados por el mismo, a sus familiares o a otras personas, pudiendo acordarse a tal efecto las medidas cautelares a las que se refiere el artículo 544 bis o la orden de protección prevista en el artículo 544 ter de esta ley.


OTROSÍ DIGO que, siendo intención de este denunciante mostrarse parte en las Diligencias que se instruyesen a raíz del presente escrito de denuncia como acusación particular o popular, interesa a nuestro derecho y así

SOLICITO que incoado que sea el oportuno procedimiento penal, se cite a esta parte denunciante a fin de ratificar y en su caso ampliar la presente denuncia y se le realice el correspondiente ofrecimiento de acciones conforme dispone el artículo 776 LECrim.


En............................. a 8 de enero de 2021






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