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Continuamos con nuestros trámites contra el 5G, preparatorios de pleito


Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales


PRIMERO: Que en relación a la tecnología 5G, se han publicado las siguientes disposiciones generales:

1. Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

2. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

3. Resolución de 18 de junio de 2015 por la que se anuncia licitación para la compra pública precomercial de servicios de I+D para el diseño y desarrollo de modelos matemáticos de imperfecciones de los componentes de radiofrecuencia en transceptores basados en sistemas MIMO a gran escala trabajando a frecuencias milimétricas, destinado al desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las redes 5G, que permitirán posicionar al centro de investigación Atlantic de la Universidad de Vigo como un referente internacional en este ámbito (expediente ID1/15).

4. Resolución Rectoral de la Universidad de Vigo del 14 de julio de 2015 por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de ofertas para concurrir a la licitación de la compra pública precomercial de servicios de I+D para el diseño y desarrollo de modelos matemáticos de imperfecciones de los componentes de radiofrecuencia en transceptores basados en sistemas MIMO a gran escala que trabajen a frecuencias milimétricas, destinado al desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las redes 5G, que permitirán posicionar el Centro de Investigación Atlantic como un referente internacional en este ámbito (expediente ID1/15).

5. Resolución Rectoral de la Universidad de Vigo del 7 de agosto de 2015 por la que se acuerda conceder un nuevo plazo de presentación de ofertas para concurrir a la licitación del expediente ID1/2015 "Compra pública precomercial de servicios de I+D para el diseño y desarrollo de modelos matemáticos de imperfecciones de los componentes de radiofrecuencia en transceptores basados en sistemas MIMO a gran escala que trabajan a frecuencias milimétricas, destinado al desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las redes 5G, que permitirán posicionar al Centro de Investigación AtlanTic como un referente internacional en este ámbito".

6. Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz.

7. Orden ECE/1016/2018, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a proyectos piloto de tecnología 5G.

8. Extracto de la Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. por la que se convocan las ayudas a proyectos piloto de la tecnología 5G.

9. Resolución de 8 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, por la que se publica el Convenio con la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y con la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation, para la realización de actuaciones conjuntas en el ámbito de la tecnología 5G - "Observatorio Nacional de 5G".

10. Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2019, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. por la que se convocan las ayudas a proyectos piloto de la tecnología 5G.

11. Corrección de errores del extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2019, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. por la que se convocan las ayudas a proyectos piloto de la tecnología 5G.

12. Resolución 1A0/38132/2020, de 20 de mayo, del Centro Criptológico Nacional, por la que se certifica la seguridad del producto "Huawei 5900 Series 5G gNodeB Software V100R015C00SPC108", desarrollado por Huawei Technologies Co., Ltd.

13. Resolución 1A0/38158/2020, de 9 de junio, del Centro Criptológico Nacional, por la que se corrigen errores en la Resolución 1A0/38132/2020, de 20 de mayo, por la que se certifica la seguridad del producto "Huawei 5900 Series 5G gNodeB Software V100R015C00SPC108", desarrollado por Huawei Technologies Co., Ltd.

14. Resolución de 3 de julio de 2020, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica Adenda al Convenio con la Secretaría de Estado para el Avance Digital y la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation, para la realización de actuaciones conjuntas en el ámbito de la tecnología 5G-"Observatorio Nacional de 5G".


SEGUNDO: El 15 de Abril, esta parte solicitó información pública sobre la seguridad de la tecnología 5G. En nuestra solicitud, se planteaba la solicitud de acceso:

(3) Expediente Administrativo en el que se encuentre informe técnico y científico de la seguridad de las emisiones 4G y 5G para la salud humana, de los animales y

del medio ambiente.

Esta solicitud no ha sido contestada.


TERCERO: Con fecha 23 de septiembre de 2020, se emite por parte del Defensor del Pueblo, contestación en procedimiento, por la que se constata que no existe proyecto normativo para constituir la “Comisión Interministerial sobre Radiofrecuencias y Salud”.


CUARTO: A la vista de lo expuesto, es evidente que no hay informe de seguridad ni siquiera intención de evaluar la seguridad de la tecnología 5G.


QUINTO: Se tiene por oficial el “Comité Científico Asesor en Radiofrecuencias y Salud”, que es una institución independiente, formada por reconocidos expertos en Medicina, Física, Química, Biología, Ingeniería de Telecomunicación, Derecho y otras disciplinas relacionadas, con la misión de aportar elementos de juicio, información y asesoramiento de carácter científico y técnico a las Administraciones públicas y al conjunto de la sociedad en los debates que pudieran generarse sobre cuestiones relativas a las radiofrecuencias y la salud. Este comité es inhábil para asesorar al Gobierno puesto que se desconoce composición, vínculos y relaciones con el Gobierno o con la Industria. El CCARS “NO” es un comité independiente, y sus actividades están financiadas por el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT), del que también se desconocen vínculos, financiación pública o privada que pueda comprometer la adecuada neutralidad.

El CCARS tiene publicidad en su página de “Maldita Radiofrecuencia”, perteneciente a la asociación “Maldita” y que tiene conexiones con estructuras supranacionales de propaganda y manipulación social como el Poynter Institute y el Fact Checking Network.


SEXTO: Por lo anterior, parece evidente que no se está garantizando la protección de la salud de los ciudadanos en la implantación del 5G, afectando a Derechos Fundamentales de especial protección.


Por lo expuesto SOLICITA, tenga por presentado este escrito con su contenido y en su virtud acuerde trasladar a esta parte informe de seguridad de la tecnología 5G y expediente administrativo que lo contenga, para que seamos considerados parte interesada en todo trámite o actuación relacionada con el 5G.

Por otra parte, en base al principio de precaución, de no existir información clara sobre la seguridad de la tecnología 5G sobre la salud humana, procede solicitar la nulidad de las resoluciones y trámites a los que hemos hecho referencia, así como de cualquier otra no publicada en el BOE y que autorice la instalación de equipos 5G, así como su desinstalación y la paralización de cualquier proyecto.

La nulidad de actos propios de la administración es un trámite previsto en la legislación administrativa y requiere en este caso la intervención de órgano consultivo mediante informe que esta parte está interesado en conocer.


Burgos a 6 de octubre de 2020

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