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Evaluaciones escolares


Es evidente que la actual situación de histeria, ha llevado a toda la comunidad educativa a una situación límite.


La pésima y desastrosa gestión política que se ha realizado por intereses económicos de los partidos del Gobierno y la oposición, han llevado a las aulas a una situación distópica e irracional.


Finalizando el curso, no se han visto cumplidas esas amenazas de llevar a los padres a la cárcel o a retirar custodias de niños a manos de servicios sociales y bravas fiscalías, sino por el contrario se ha sometido a profesores padres y niños a un estrés estéril que dice muy poco bueno de nuestros gobernantes.

Lejos de buscar soluciones prácticas se han enquistado en amenazas y coacciones, alejándose del servicio efectivo a los ciudadanos y cercenando el derecho que es de los niños a una educación y una formación.


Los políticos se han prestado a todo ello por intereses espurios, por conseguir más pcrs, por conseguir más casos, por conseguir más brotes, por arruinar en definitiva más a los ciudadanos, en una deuda imposible para nuestros hijos y para nuestros nietos.


No es momento para rendirse y sí para un giro de tuerca más.


CARTA EVALUACIONES
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CARTA EVALUACIONES
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Los firmantes en el interés directo y la legitimación que ostentamos como padres, guardadores y/o tutores, con la asistencia letrada de Don Luis de Miguel Ortega, col 4587 del ICA de Alcalá de Henares, venimos a manifestar nuestra posición respecto del trato recibido durante este curso escolar.


PRIMERO: Que es un hecho no controvertido que el derecho a la educación y a la escolarización, es un derecho exclusivo de los menores y que los poderes públicos tienen la obligación ineludible de garantizar el derecho de los niños poniendo a su disposición todos los medios que sean necesarios.


SEGUNDO: Que la constitución no establece en modo alguno la obligatoriedad de la enseñanza presencial y que el legislador no ha configurado en forma alguna dicha obligatoriedad. Mucho menos, la enseñanza presencial puede ser forzada en una situación en la que se advierte a la población con insistencia de una situación sanitaria que desaconseja las reuniones, los desplazamientos y hasta la natural convivencia en base a unos riesgos que la propia administración estima como ciertos.


TERCERO: Que las medidas de contención suscitadas en los centros y que carecen del más absoluto amparo legal, atentan contra la dignidad de los menores y a su integridad física y moral, por lo que es más que razonable que los padres hayamos protegido a los menores de unas medidas irracionales y desproporcionadas que no garantizan ninguna protección ni al niño ni a la sociedad.


CUARTO: En este contexto se han sucedido mensajes, amenazas y procedimientos que sin tener en cuenta el interés superior del menor, han venido condicionando la legítima protección que ejercen los padres.


QUINTO: A punto de finalizar el curso escolar en una situación absolutamente distópica, lo cierto es que a los niños que por su propio derecho e interés no han acudido al centro escolar de forma presencial, no solo se ha negado a los menores los recursos efectivos que fuesen necesarios para garantizar su derecho a la educación, sino que además se les ha denegado el derecho prestacional a ser evaluados para poder superar curso, con lo que se ven discriminados y agraviados injustamente.


SEXTO: Dado que el derecho a la educación incluye la evaluación, se ha privado a los menores no solo de usa prestaciones en condiciones óptimas de dignidad y respeto sino que pueden causar un perjuicio irreparable en su historial educativo de no ser evaluados de cara a superar curso.


Por todo lo expuesto, SOLICITO, tenga por recibido el presente escrito Y DÁNDOLE TRÁMITE, establezca las instrucciones necesarias para que los niños que no hubiesen asistido presencialmente al colegio por razones de necesidad que se justifican por la mera existencia de una alarma de salud pública, sean evaluados de manera neutral y objetiva de cara a superar el curso y acceder al siguiente sin que la mera falta de asistencia presencial, pueda suponer una causa de discriminación.


En …..................... a 28 de abril de 2021

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